Andalucía, 30 de diciembre de
2015
El
plazo de solicitudes comenzará el próximo lunes 4 de enero
La
Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural convoca las
ayudas al almacenamiento privado de carne de porcino, medida
contemplada por la Comisión Europea para corregir desequilibrios en
los mercados. Los interesados podrán presentar las solicitudes a
partir del próximo lunes 4 de enero, cuando se publicará en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la Resolución de
la Dirección General de Ayudas Directas y Mercados que desarrolla la
convocatoria de estas ayudas.
Esta
medida se adopta con el objetivo de restablecer el equilibrio del
mercado y el aumento de los precios, que han estado por debajo del
umbral de referencia desde mediados de agosto de 2015.
La
Reglamento de la Unión Europea por el que se crea la Organización
Común de Mercados de Productos Agrarios, establece en el apartado 2
del artículo 18 la posibilidad de establecer ayudas al
almacenamiento privado de una serie de productos entre los que se
encuentra la carne de porcino. El pasado 14 de diciembre, la Comisión
Europea aprobó el reglamento por el que se abre el almacenamiento
privado de este producto y en el que fija las condiciones en las que
debe realizarse.
La Junta
de Andalucía ha establecido las condiciones particulares y el modelo
de solicitud que tendrán que emplear los interesados mediante la
correspondiente resolución de convocatoria, que se distribuirá a
través de la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y
Desarrollo Rural:
Según el
reglamento de ejecución, los productos de carne de porcino se
clasificarán por categorías, estableciendo importes de ayuda de
acuerdo para cada una de ellas y en función de la duración del
periodo de almacenamiento, que podrá ser de 90, 120 ó 150 días.
Estos importes oscilarán en una horquilla de entre 168 y 364 euros
por tonelada.
Como
novedad respecto a la anterior convocatoria de marzo de 2015, en esta
ocasión se incluye una Categoría 7 para tocino con o sin corteza.
Además se incorpora dentro de la Categoría 1 a los lechones de
hasta 20 kg de peso canal.
La
cantidad mínima que se podrá almacenar por solicitud será de 10
toneladas para los productos deshuesados y 15 toneladas para el resto
de los productos que se contemplan. Junto con la solicitud, deberá
presentarse una garantía que se constituirá por un importe igual al
20% de la ayuda establecida. En el quinto día hábil siguiente al de
la presentación de la solicitud de ayuda, las Delegaciones
Territoriales notificarán al interesado la admisibilidad o
denegación motivada de la misma.
Con la
notificación de la admisibilidad de la solicitud, se formalizará el
contrato de almacenamiento con el solicitante, que estará obligado a
comunicar las fechas de entradas de los lotes de productos y los
lugares de almacenamiento.
La
Comisión Europea comunicará la finalización del periodo de
presentación de solicitudes de ayuda e, incluso, podrá acortar los
plazos de almacenamiento establecidos a la vista de las cantidades
solicitadas, que deberán ser comunicadas por los Estados Miembros
dos veces por semana hasta la finalización de las actuaciones.
El
contratante podrá retirar los productos almacenados transcurridos 60
días naturales de almacenamiento si cumple las condiciones
establecidas reglamentariamente, si bien el importe de la ayuda se
reducirá proporcionalmente a la disminución del período de
almacenamiento mediante la aplicación de los importes diarios que la
Comisión ha fijado.
La
solicitud de pago de la ayuda se deberá presentar en el plazo de
tres meses tras la finalización del periodo de almacenamiento.
También se prevé el pago de anticipo de la ayuda a partir de un
número determinado de días de almacenamiento, previa solicitud del
interesado y siempre que se constituya una garantía al efecto.