lunes, 4 de mayo de 2020

Se permiten los desplazamientos para el cuidado de producciones agr铆colas de autoconsumo

El BOE public贸 el pasado viernes una Orden que permite el desplazamiento para el cuidado y recolecci贸n de producciones agr铆colas destinadas al autoconsumo. Dicho desplazamiento queda autorizado, siempre que se hallen en el mismo t茅rmino municipal al del domicilio, o uno adyacente al mismo.
No obstante, se establecen excepciones en situaciones de necesidad como son la alimentaci贸n de animales o la recolecci贸n en aquellos casos en los que, en atenci贸n a la situaci贸n socioecon贸mica del interesado, el consumo del producto de los mismos resulte imprescindible para atender a su subsistencia.
La Orden indica que los desplazamientos ser谩n, en cualquier caso, los m铆nimos posibles para la realizaci贸n de las tareas indispensables y el acopio de lo necesario, salvo causa debidamente justificada. Adem谩s, recuerda que estas actividades deber谩n realizarse teniendo en cuenta las normas establecidas que garantizan la protecci贸n de la salud y seguridad de los ciudadanos.
El desarrollo de los trabajos a los que se refiere esta Orden se realizar谩n de forma individual salvo que se acompa帽e a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada, y por el tiempo indispensable.
La Orden se refiere a las actividades que no son de naturaleza laboral, profesional o empresarial, que ya estaban permitidas en el Decreto del Estado de Alarma.

jueves, 30 de abril de 2020

GEA, inscr铆bete en las diferentes campa帽as agr铆colas

El SAE pone a disposici贸n de los usuarios una nueva herramienta, llamada GEA, a trav茅s de la cual te podr谩s inscribir en las diferentes campa帽as agr铆colas, elegir el lugar donde quieras trabajar y concatenar campa帽as.
Toda la informaci贸n y enlace para darse de alta en esta herramienta:
https://ws054.juntadeandalucia.es/geawrk/login.do

LOS HUERTOS SOCIALES ABRIR脕N A PARTIR DE LUNES 4 DE MAYO


El pr贸ximo lunes 4 de mayo las puertas de los huertos sociales volver谩n a abrir aunque los usuarios solo podr谩n acceder a las instalaciones los d铆as PARES o IMPARES, seg煤n les sea asignado por este Ayuntamiento, con el fin de controlar el aforo.
El Ayuntamiento ENTREGAR脕 A CADA USUARIO EN SU DOMICILIO UNA AUTORIZACI脫N para que puedan justificar la salida a los huertos sociales ante las autoridades que as铆 lo soliciten, antes del d铆a 4 de mayo. En dicha autorizaci贸n figurar谩n los d铆as asignados. La autorizaci贸n y comunicaci贸n de los d铆as asignados la recibir谩n en su domicilio, los usuarios NO DEBEN SALIR DE CASA para obtenerla.
Los usuarios en todo momento deber谩n ser responsables y
respetar la distancia interpersonal de 2 metros, as铆 como el resto de las MEDIDAS DE PREVENCI脫N establecidas para evitar posibles CONTAGIOS de Covid-19.
El horario de los Huertos Sociales ser谩 el habitual.

Medidas de apoyo financiero a los sectores agr铆cola馃懇‍馃尵馃懆‍馃尵, ganadero 馃悇馃悥馃悙 y pesquero por el Covid-19.

Medidas de apoyo financiero a los sectores agr铆cola馃懇‍馃尵馃懆‍馃尵, ganadero 馃悇馃悥馃悙 y pesquero por el Covid-19.
La Junta financiar谩 comisiones de avales e intereses y cuotas de amortizaci贸n de pr茅stamos a los #aut贸nomos y #pymes afectados.

https://www.juntadeandalucia.es/presidencia/portavoz/tierraymar/151666/ConsejodeGobierno/Agricultura/Sectoragroganadero/Apoyofinanciero/Covid19?fbclid=IwAR19eAxp2GMrXupsVvYoAGUQyfOXLSlN9-6rm_hbCA1mhKxERx5ReDakgM8

Modificaciones de plazos de la PAC 2020

Publicado en Bolet铆n Oficial del Estado - BOE las modificaciones de plazos de la PAC 2020. Entre otros:
 ampliar hasta el 15 de junio el plazo para la presentaci贸n de la solicitud 煤nica en 2020,
 prorrogar hasta el 30 de junio el plazo de presentaci贸n de la modificaci贸n de la solicitud 煤nica.
馃憠 Orden APA/377/2020, de 28 de abril, por la que se modifican, para el a帽o 2020, diversos plazos establecidos en los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 y 1078/2014, todos ellos de 19 de diciembre, dictados para la aplicaci贸n en Espa帽a de Pol铆tica Agr铆cola Com煤n.

mi茅rcoles, 20 de noviembre de 2019

Nueva regulaci贸n de sanidad vegetal

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El 14 de diciembre entra en vigor el Reglamento 2016/2031/UE sobre el nuevo r茅gimen fitosanitario europeo para una mejor protecci贸n contra las plagas vegetales.


El 14 de diciembre de 2019 entra en vigor el Reglamento 2016/2031/UE sobre el nuevo r茅gimen europeo de sanidad vegetal. El nuevo marco regulatorio, con el fin de fortalecer la protecci贸n de plantas y productos vegetales contra organismos nocivos, introduce nuevas obligaciones para todos los actores de la cadena de suministro, desde los que importan hasta los que multiplican y comercializan plantas, modificando profundamente la organizaci贸n de los servicios fitosanitarios en varios pa铆ses miembros, los procedimientos de vigilancia implementados por los servicios oficiales, la responsabilidad  directa de los productores sobre sanidad vegetal.
A partir de la misma fecha, tambi茅n ser谩 aplicable el Reglamento (UE) 2017/625/UE, que define los procedimientos para realizar controles oficiales, que incluyen, entre otras cosas, la sanidad vegetal. Esta regulaci贸n requiere que los operadores profesionales est茅n sujetos a controles regulares por parte de la autoridad competente, cuya frecuencia puede cambiar si el operador tiene un plan de gesti贸n de riesgos para organismos nocivos. El Reglamento (UE) 652/2014 sobre financiaci贸n de intervenciones y el Reglamento 1143/2014 que establecen disposiciones para prevenir y prevenir la introducci贸n y propagaci贸n de especies ex贸ticas invasoras completan el marco del r茅gimen de la UE.
El nuevo Reglamento se centra en la prevenci贸n de la entrada o la propagaci贸n de plagas vegetales en el territorio de la UE. Se basa en la conclusi贸n de que debemos asignar m谩s recursos en una fase temprana para evitar que, en el futuro, tales plagas acarreen grandes p茅rdidas al destruir nuestra producci贸n agr铆cola o el medio ambiente.
En 茅l se exponen las normas de desarrollo para la detecci贸n temprana y la erradicaci贸n de plagas cuarentenarias de la Uni贸n si se constatan en el territorio comunitario. Estas normas establecen obligaciones para la notificaci贸n de brotes por parte de operadores profesionales, operaciones de agrimensura y programas plurianuales de agrimensura y demarcaci贸n de zonas a efectos de erradicaci贸n, as铆 como requisitos m谩s estrictos en relaci贸n con las plagas prioritarias.